cualquier infracción normativa, legal o ética de cualquier materia relacionada con el Consorcio Sanitario Integral que pertenezca a alguno de los siguientes bloques:
Materias relacionadas única y exclusivamente con casos asistenciales y materias tratadas por las Unidades de Atención al Ciudadano
cualquier persona física o jurídica con relación laboral o profesional con el CSI, independientemente de que la relación esté vigente, haya finalizado o todavía no se haya iniciado al encontrarse en una fase de negociación o en un proceso de selección.
Si requiere algún tipo de información pública, según la normativa vigente, puede consultar el Portal de transparencia
Hay tres formas de presentar la alerta en la web:
Todas las opciones permiten adjuntar archivos.
No es necesario. Se puede realizar la alerta de forma:
Cada una de las vías cuenta con los siguientes mecanismos:
El Sistema proporciona una contraseña, que se puede descargar o copiar y que permite consultar las actualizaciones sobre el estado de la alerta presentada, por eso, es importante no perder ese código.
Si se elige la opción introducir el correo electrónico, el Sistema envía a la dirección introducida las actualizaciones del estado de la alerta. El uso de esta opción no desvela la identidad de la persona que alerta, ya que el correo no queda grabado en el Sistema ni es visible por el responsable.
Sí, una vez presentada la alerta, con la contraseña, se puede acceder y visualizar comentarios o mensajes introducidos por la persona responsable del Sistema y darles respuesta. Por tanto, no es necesario crear nuevas alertas para añadir nueva información.
Está gestionado por elárea Jurídica del Consorcio Sanitario Integral.
La persona responsable del Sistema Interno de Alertas únicamente se comunica con la persona que ha presentado la alerta a través del propio Sistema, enviando mensajes, actualizaciones, solicitudes de información, etc. Esto permite garantizar el anonimato y confidencialidad de las informaciones contenidas y realizar un rastreo exhaustivo de su tratamiento.
Se da acuse de recibimiento en un máximo de 7 días naturales a contar desde el día siguiente a la presentación de la alerta y se resuelve en un plazo máximo de 3 meses a contar desde el día siguiente al acuse de recibimiento.
Estos plazos pueden ampliarse motivadamente y por escrito a causa de las circunstancias del caso. En su caso, se informa a la persona que alerta.
Todas las comunicaciones (incluidas el acuse de recibimiento y la resolución) se realizan a través del propio Sistema. La persona que alerta puede visualizarlas introduciendo el código de seguimiento que se generó al presentar la alerta.
El Sistema garantiza la confidencialidad de todos los datos introducidos y, si la persona lo desea, su anonimato. El Sistema está articulado para proporcionar una absoluta trazabilidad de las acciones llevadas a cabo con las informaciones recibidas y garantizar los principios inherentes a cualquier investigación.
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